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viernes, 30 de julio de 2010

LA LOCURA TOTAL

Multan a un político por nombrar en público a Dios

El electo gobernador del Estado de Sinaloa fue condenado a una amonestación pública y a pagar 2 mil dólares, por haber invocado dos veces a Dios durante su campaña electoral. El Tribunal dijo que está prohibido hacer alusiones religiosas.

La justicia electoral mexicana ha dado un paso más hacia el cierre de todas las opciones de nombrar a Dios en la vida pública al imponer, el miércoles, una multa al candidato triunfador de las elecciones del pasado 4 de julio en el Estado de Sinaloa (al noroeste del país), mismas que se llevaron a cabo en 11 estados más.

El delito encontrado en el actual gobernador electo de Sinaloa, Mario López Valdez, fue haber dicho, durante una concentración masiva previa a las elecciones: "Ganaré con el apoyo de la voluntad popular y la de Dios". Anteriormente, también había invocado la protección de Dios, según la querella interpuesta en su contra por otros partidos políticos diferentes a la coalición que lo hizo llegar al gobierno de Sinaloa.

Mario López Valdez fue sancionado el miércoles por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, máximo tribunal en materia electoral de México, a pagar una multa de 2.000 dólares por invocar dos veces a Dios en sus mítines proselitistas.

Dentro de las expresiones que utilizó "Malova" y por las que fue multado fue: "Esto no lo paramos cuando la voluntad del pueblo, los astros y la de Dios estén alineadas".

Además de la multa pecuniaria, López Valdez se hizo acreedor de una amonestación pública, multa y amonestación que le fueron impuestas por el Consejo Electoral de Sinaloa y que el miércoles confirmó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Mario López Valdez, de la coalición formada por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD) y Convergencia, arrebató el gobierno de Sinaloa al Partido Revolucionario Institucional (PRI) que lo tuvo bajo su poder durante más de ocho décadas, es decir, desde la creación de esta formación política.

Según las autoridades electorales de Sinaloa y federales, las expresiones del político sinaloense, "contravienen el artículo 130 constitucional federal y el 117 bis de la ley electoral de Sinaloa", dijo el Tribunal en un comunicado.

"Los magistrados reiteraron que la libertad de expresión en materia electoral tiene límites, en este caso, la prohibición constitucional de emplear alusiones o expresiones de carácter religioso", dijo el Tribunal Federal Elecoral al explicar que el Estado mexicano es laico.

Fuente: Zenit y EFE

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